EJEMPLO DE CONSULTA
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-Puede enviar su caso o duda, 24h/365d, a
abogado@precedente.net, y le será contestada en menos de 24h.
PREGUNTA:
"Hace ya dos años y medio que me sometí a
una operación de cirugía estética con la intención de quitarme unas bolsas en los párpados superiores e inferiores. Sufrí problemas posteriores a la operación, pero el cirujano me proporcionó una crema hidratante y con una palmadita en el hombro dio por zanjado el asunto. A día de hoy, tengo "desperfectos" en el párpado superior derecho y en el inferior izquierdo. Al final, he decidido acudir a otro cirujano para reparar el desaguisado, pero me aconseja, debido al alto coste de la operación, que acuda previamente a un abogado para exigir responsabilidades al primer cirujano. Tengo mis dudas: no me extendió factura, aunque tengo la de la clínica y fotografías anteriores a la intervención, además de recetas prescritas por el cirujano después de la intervención. Tampoco sé si después de tanto tiempo puedo reclamar algo.".
conchitaperez@mailnogratuito.com
RESPUESTA:
Agradeciendo a Precedente.Net el que nos haya recomendado para aconsejarle sobre el asunto, como especialistas que somos en ERRORES MÉDICOS, lo primero que entendemos que procede, tras el examen del último médico, que ha llegado a la conclusión de que lo que usted llama "desperfectos" en los párpados puede ser una grave consecuencia de un mal hacer del primer cirujano, que -pudiera- no haber actuado según las pautas de su profesión, es solicitarle su informe médico por escrito; o bien, nosotros le facilitaremos la dirección de un médico especialista en medicina legal y forense (y ello sin descartar que al anterior podamos citarlo como testigo-perito).
En segundo lugar, y respecto de la factura, no se preocupe, ya que cuenta con otros medios para acreditar la relación con su primer cirujano. Por ejemplo, a través de la factura de la clínica y de las recetas, que son pruebas documentales. Puede, a su vez, hacer uso de otras pruebas, como la confesión del propio cirujano, la testifical y la constancia documental que pueda quedar en la clínica de su operación.
Por otra parte, respecto al transcurso del tiempo, interesa plantear una responsabilidad contractual, que
prescribe a los quince años. A su favor,
dispone de una jurisprudencia que establece la obligación del cirujano estético de obtener un resultado; esto propicia la exigencia de una mayor garantía en alcanzar el mejoramiento estético buscado.
Finalmente, para nosotros, tiene mucha importancia la información que le proporcionó el cirujano antes de la intervención. Especialmente, debe establecerse si fue completa y veraz en cuanto a
los resultados previstos.
En definitiva, que merece la pena acudir personalmente al despacho, al menos para una primera consulta en la que valoremos más directamente las pruebas, informes y posibilidades del pleito.
Adjunto le enviamos de un caso similar, visto por la Audiencia
Provincial de ... "-
Para cualquier aclaración no dude en enviarnos un e-mail.
MUY ATENTAMENTE",
ABOGADO COLEGIADO Nº n.nnn/ICA ___.
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