El correo electrónico es uno de los primeros servicios que aparecieron con Internet, antes que la World Wide Web y a día de hoy, sigue siendo el más utilizado y probablemente el más importante tanto para empresas como para particulares. Aunque hay muchos portales en los que es posible obtener correo electrónico gratuito, el ahorro de costes tiene sus contrapartidas en la calidad, prestaciones del servicio... y credibilidad.
En efecto, a cambio de no pagar nada, los sitios de correo gratuito conllevan las siguientes:
Limitaciones en el modo de uso de la dirección de correo. Muchas veces se obliga a leer el correo electrónico a través de la web con el fin de "ver obligatoriamente" un banner publicitario del que el portal obtiene su financiación. Si bien es cierto que el webmail es muy útil en determinadas ocasiones, también lo es que resulta mucho más lento que un programa de correo. Especialmente odiosos son los banners que aparecen como ventanas emergentes (popup) pues la pérdida de tiempo con ellas es mucho mayor.
Limitaciones en el tamaño del buzón. Estas limitaciones pueden impedir el recibir un correo mayor de lo habitual y pueden llegar, incluso, a bloquear la cuenta
Limitaciones en el nombre de la cuenta. En sitios de correo gratuito muy populares como hotmail, o yahoo, es imposible ya obtener una dirección de correo con un nombre significativo y fácil de recordar, siendo obligatorio elegir nombres del tipo "pedro1542@hotmail.com".
Inconvenientes de la pérdida de una dirección. Una dirección de correo gratuita no es para toda la vida. El portal puede cerrar o nosotros podemos cansarnos de sus inconvenientes y decidir el cambio. O, simplemente, no ver la cuenta durante el período vacacional (causando la "baja" por falta de "movimiento"). En tales casos el portal no suele ofrecer prestaciones como la redirección de email que nos faciliten el cambio, lo que nos obliga a seguir leyendo la vieja cuenta durante un tiempo. Siendo, además, muy molesto y lento acceder a la web para consultar si hay correo-e.
Falta de credibilidad. Una cuenta de correo de un sitio gratuito que se obtiene online es una cuenta totalmente anónima, por lo que los receptores de sus mensajes no tendrán ninguna garantía de que usted sea quien dice ser.
En Precedente.net dichas direcciones de correo-e no nos parecen fiables, por lo que no se facilitará el contacto con ningún aboado si no contienen los datos necesarios para la debida facturación del servicio (que correrá a cargo del abogado contratado [y que Precedente.Net le recomendó en su labor informativo medial no lucrativa]).
Y, SI LO PREFIERE, que el abogado contratado el le envíe factura electrónica:
Las ventajas que supone: agilizar los trámites administrativos y reducir costes de gestión
La legislación española exige, para la factura electrónica, además de la firma electrónica del emisor, un certificado electrónico reconocido que asegure la integridad del mensaje.
Para fomentar el uso de la factura electrónica, la Administración va a exigírsela a todas las empresas que realicen contratos con las administraciones públicas.
En el año 2005, unas 3.900 empresas utilizaron la factura electrónica en España, emitiendo unos 2 millones de facturas al mes, según estimaciones de la Asociación Multisectorial de Empresas Españolas de Electrónica y Comunicaciones (ASIMELEC). Eso suponía duplicar el millón de facturas electrónicas mensuales emitidas en 2004. Para el 2006, la previsión era la de seguir ese ritmo y volver a duplicar las facturas electrónicas emitidas, alcanzando los 4 millones al mes a finales de año, emitidas por unas 5.000 empresas.
Un balance espectacular para los primeros cuatro años de implantación de la factura electrónica en España, aunque todavía quede mucho por hacer, básicamente su implantación en las PYMES. Cada día, nuevas empresas incorporan la factura electrónica a su proceso, convencidas de las ventajas que supone: agilizar los trámites administrativos y reducir costes de gestión. Baste decir que el ahorro estimado en 2005 por la utilización de la factura electrónica ascendió a 5 millones de euros, según estimaciones de ASIMELEC.
Actualmente, la legislación española exige, para la factura electrónica, además de la firma electrónica del emisor, un certificado electrónico reconocido que asegure la integridad del mensaje y, además, una firma cualificada, basada en un certificado reconocido expedido por un prestador de servicios.
Para fomentar el uso de la factura electrónica, la Administración va a exigírsela a todas las empresas que realicen contratos con las administraciones públicas, además de fomentar el uso de los trámites telemáticos en las relaciones de los ciudadanos con la Administración, según una Ley ya aprobada y que entrará en vigor en 2007.
Ya hay colectivos como notarios, registradores y, por supuesto, abogados que ya se han puesto al día y han creado sistemas informáticos para facilitar los trámites administrativos telemáticos y reducir el papeleo y las gestiones presenciales.
En Precedente.NET recomendamos la factura electrónica, y decimos